Despenalización del Aborto. Debate en La Tercera
12/04/2014
Señor director:
El 28 de enero, el Estado de Chile rindió su Examen Periódico Universal (EPU) de Derechos Humanos ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra. En esa instancia, el gobierno del Presidente Piñera, de la misma forma que lo hizo la actual Presidenta Bachelet en el EPU de 2009, comprometió su rechazo a cualquier posibilidad de legislar sobre aborto en sus diferentes formas ante la comunidad internacional.
Sin embargo, en su reciente intervención en la 47ª Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo en la ONU (Nueva York), la ministra del Sernam, Claudia Pascual, señaló que el gobierno consideraba legislar el aborto “por tres causales: peligro para la vida de la madre, violación e inviabilidad fetal”, con el objeto de “garantizar la salud física y mental” de las mujeres en estas circunstancias.
Es contradictoria la postura de la ministra con lo que hace cinco años afirmó el gobierno de la misma Presidenta Bachelet y con lo que hace menos de tres meses reafirmó el gobierno del ex Presidente Piñera. Más aún, cuando esto se realiza en el contexto del sistema internacional de derechos humanos, destinado a proteger los derechos básicos, como la vida del inocente. Es importante advertir que no existe ningún instrumento internacional vinculante en materia de derechos humanos para Chile que obligue a legislar en materia de aborto.
En consecuencia, no resulta comprensible ni aceptable la desviación, sin fundamentación alguna, en la protección de los derechos humanos de la persona que está por nacer.
Tomás Henríquez C.
Director ejecutivo de Comunidad y Justicia
Pablo Urquízar M.
Director legislativo de Comunidad y Justicia
http://www.latercera.com/noticia/opinion/correos-de-los-lectores/2014/04/896-573601-9-despenalizacion-del-aborto.shtml
15/04/2014
Señor director:
Se agradece el giro que ha dado Claudia Pascual con la apertura para la posibilidad, al menos, de legislar y despenalizar el aborto en Chile, donde hoy se adopta una postura extremista que sólo comparten cuatro países en el mundo y el Vaticano, lo cual es un dato no menor.
La importancia de respetar el derecho de la mujer y una familia ante una situación de control de natalidad es inalienable y previa a la visión particular al respecto, que se plasmó en nuestra Carta Fundamental en el período militar. Lo indicado por Tomás Henríquez y Pablo Urquízar en carta publicada el 12 de abril pone de manifiesto este fundamentalismo, que puede ser leído en su particular interpretación del concepto de libertad religiosa que se lee en la declaración de principios de su organización. Soslayan, de paso, las recomendaciones técnicas de la Organización Mundial de la Salud respecto de que “las leyes y políticas referidas al aborto deben proteger la salud y DD.HH. de las mujeres”, y de la ONU, uno de cuyos objetivos para sus países es “permitir antes de 2015 el acceso universal a los servicios de salud reproductiva, incluyendo la planificación familiar y la salud sexual”, aun cuando no sean vinculantes.
Imponer visiones particulares en las leyes civiles y que prohíban a otras corrientes tanto filosóficas como humanistas ejercer su derecho es justamente lo que se debe evitar. Este gobierno tiene la oportunidad de corregir los vicios en que se había incurrido y mostrar a Chile como un país tolerante, abierto, respetuoso de los derechos humanos y menos apegado a principios de edades en que no existía la separación de poderes.
Eduardo Quiroz Salinas
http://www.latercera.com/noticia/opinion/correos-de-los-lectores/2014/04/896-573970-9-despenalizacion-del-aborto.shtml
16/04/2014
Señor director:
En su carta de ayer, Eduardo Quiroz se refiere a nuestra posición sobre el aborto, pero sin mejor recurso que tildarla de “fundamentalista”. De paso, evidencia lo que decíamos en nuestra misiva: no existe instrumento jurídico alguno que reconozca el “derecho al aborto”.
Los dichos de Quiroz incurren en un error, pues ni las recomendaciones de la OMS ni los objetivos de la ONU son instrumentos vinculantes sobre nuestro ordenamiento jurídico. Las metas de las Naciones Unidas se refieren a la “planificación familiar y la salud sexual,” pero sin referirse al aborto. ¿Por qué? Porque desde El Cairo en 1994, y Beijing en 1995, la posición constante en el derecho internacional en esta materia es que “los gobiernos deben tomar los pasos apropiados para asistir a las mujeres a evitar el aborto, el que en ningún caso debe ser promovido como método de planificación familiar”. Ambos documentos reafirman que la decisión de legalizar el aborto le corresponde exclusivamente a los estados, sin que pueda imponerse desde el ámbito internacional, y en numerosas ocasiones se refieren a la necesidad de “reducir”, “eliminar” y “evitar” los abortos.
Si el aborto fuese un derecho en el ámbito del derecho internacional no se buscaría su restricción, sino su expansión, lo que no ocurre.
Por lo demás, se hace caso omiso de las disposiciones vinculantes, como el artículo 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que protege la vida desde la concepción y el artículo 19 Nº 1 de nuestra Carta Fundamental que resguarda la vida del que está por nacer.
La ministra del Sernam lo que hace no es más que obviar el derecho vigente no sólo en nuestro país, sino que a nivel internacional, conducta que debe ser firmemente rechazada.
Tomás Henríquez C.
Director ejecutivo de Comunidad y Justicia
Pablo Urquízar M.
Director legislativo de Comunidad y Justicia
http://diario.latercera.com/2014/04/16/01/contenido/opinion/11-162332-9-despenalizacion-del-aborto.shtml
17/04/2014
Señor director:
En efecto, es fundamentalista la postura de mis contendientes de Comunidad y Justicia, en cuanto la RAE adopta la definición de ese término como: “Exigencia intransigente de sometimiento a una doctrina o práctica establecida”, que es, en mi opinión, lo que se hace en nuestro país, en Vanuatu, Malta, Nicaragua y El Salvador, más el Vaticano (por razones obvias).
No hay error en mi carta anterior, puesto que jamás indiqué al organismo técnico de la OMS respecto de la salud, ni a los objetivos de la ONU como vinculantes. Efectivamente, no son sino recomendaciones, donde cada país es soberano de decidir al respecto.
Adoptar la idea de discutir y legislar -y ahí sí hay un error de interpretación por parte de ellos- tal como en las anteriores leyes de matrimonio civil y divorcio no significa que si se logra una legislación positiva, se promueva el aborto. No habrá caricaturas invitando a tal medida, pero es necesario que tengamos el soporte técnico en salud que tienen la gran mayoría de los países del mundo, los que no deben estar tan equivocados, a menos que creamos que nosotros y las naciones nombradas más arriba somos luminarias. No me siento tan privilegiado.
El pueblo chileno, en general, es hoy más maduro, culturalmente hablando, e informado. Los estigmas de los separados o divorciados ya no existen, se eliminó el segregador timbre del “hijo natural” y así puedo nombrar muchos aspectos donde hemos avanzado como sociedad civil, en los que no creo necesario recordar el rechazo inicial del sector hoy dogmáticamente antiaborto.
El caso omiso al artículo Nº19 de la Constitución del gobierno militar es lo que estoy proponiendo. Como nación con un sistema político estable, es necesario que se corrija lo realizado en períodos lóbregos de la historia, para encaminarnos a un estado laico, con respeto por todas las creencias y no creencias.
Eduardo Quiroz Salinas
http://www.latercera.com/noticia/opinion/correos-de-los-lectores/2014/04/896-574259-9-despenalizacion-del-aborto.shtml
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